En Estados Unidos y Canadá, cada club
tiene establecida como condición para obtener y conservar la calidad de socio
activo, ser suscriptor de la revista oficial.
En todo club situado fuera de Estados
Unidos y Canadá tiene establecida como condición para obtener y conservar la
calidad de socio activo ser suscriptor
de una publicación del Servicio Mundial de Prensa de Rotary (THe Rotarian –
revista oficial de Rotary International – una revista regional certificada por
la Directiva de RI). Sin embargo, la Directiva podrá eximir a un club de
cumplir con la disposición que antecede
si sus socios no leen ninguno de los idiomas en los cuales se publica la
revista oficial o la revista regional prescrita para dicho club.
Definición de “revista regional
de Rotary”
Las revistas regionales de Rotary
existen para impulsar el Objetivo de
Rotary en todos sus aspectos. Una
publicación rotaria que cumpla con los
siguientes requisitos podrá ser reconocida como revista regional de Rotary:
1) La revista se distribuyen en un área mayor que la del territorio de un
distrito o país. Se pondrá otorgar
aprobación provisional a las revistas que se distribuyen en una comunidad donde
se habla una lengua específica dentro de un distrito, pero con potencial de
crecimiento en otros distritos.
2) Todos
los aspectos de la publicación de la revista
de la revista deberán funcionar bajo la supervisión directa del
gobernador o los gobernadores correspondientes, o los comités que ellos
designen.
3) Sin
desmedro del derecho que tiene de disfrutar de completa libertad de expresión
dentro del marco de las normas de Rotary, el
director de una revista rotaria regional deberá aceptar un grado razonable
de supervisión por parte del consejo editorial, en lo que se refiere al
contenido editorial y la administración de la revista.
4) El
contenido editorial de la revista deberá ser compatible con las normas de Rotary International y por lo menos
el 50% de dicho contenido deberá versar sobre Rotary o temas relacionados con
Rotary.
5) Además
de noticias de índole local o regional, la revista contendrá información acerca
de Rotary International y considerará para su
publicación aquellos temas y texto que el presidente o la Directiva
de Rotary International soliciten
expresamente.
6) La
revista deberá publicarse por lo menos cuatro veces al año.
7) La
revista mantendrá una calidad y apariencia general compatible con la dignidad y
esencia de Rotary.
8) Deberá
asegurarse que circulen tantos ejemplares de la revista en un número que se aproxime a la mayoría de los
rotarios del área que sirve, de modo que
sea económicamente viable y pueda cumplir con
el propósito para el cual haya sido instituida.
9) La
revista deberá ser financiada adecuadamente, sin acarrear responsabilidad
económica alguna para RI.
Vive Rotary – Cambia Vidas
Comité de Información
Rotaria
Octubre 30/13
Aurelio Licon Baca
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